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Ayudas destinadas a la digitalización

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Ayudas destinadas a la digitalización

A partir del día 01/01/2021

La finalidad de estas ayudas es impulsar la adecuación a las nuevas tecnologías de los comercios locales y Servicios profesionales para afrontar con más recursos esta situación extraordinaria provocada por la COVID-19, con el objetivo de evitar que se originan consecuencias económicas y sociales irreversibles como lo es el cierre de comercios y servicios profesionales del municipio y velar porque, una vez finalizada la crisis sanitaria, se produzca lo más pronto posible una reactivación de la economía local, evitando que el impacto económico y social se prolongue en el tiempo.
Las presentes bases tienen por objeto contribuir a la digitalización de la actividad comercial y profesional mediante la concesión de subvenciones en régimen de concesión directa por su carácter singular, al concurrir razones de interés público, social y económico según lo establecido en el artículo 22.2.c y 28, apartados 2 y 3, de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, condicionada a la disponibilidad presupuestaria, y en todo caso, hasta agotarse el crédito destinado a la convocatoria.

Documentación a aportar

  • Con carácter general, para todas las solicitudes
    • Anexo 1. Declaración Responsable (Impreso normalizado)
    • Anexo 2. Declaración de Ayudas de Minimis (Impreso normalizado)
    • Certificado actualizado de Situación Censal
    • DNI por las dos caras o NIE acompañado del pasaporte de la persona interesada.
    • Modelo de alta de pago por transferencia (Impreso normalizado)
    • SOLICITUD DE SUBVENCIÓN
  • Documentación relativa en caso de persona física
    • Resolución_certificación del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o la Mutua profesional correspondiente.

Resolución/certificación del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o la Mutua profesional correspondiente.
En el caso de profesionales colegiados/as de alta en la Mutualidad del colegio profesional correspondiente, la condición de ejercientes se acreditará mediante certificado de la AEAT en el que consten las altas y bajas en el Censo de Obligados Tributarios.

  • Documentación relativa en el caso de persona jurídica, sociedad civil, comunidad de bienes u otras entidades económicas sin personalidad jurídica
    • CIF
    • Contrato de constitución debidamente registrado.
    • Documentación justificativa de la participación de las personas trabajadoras autónomas o equivalente.
    • Escritura de constitución y los estatutos de la persona jurídica actualizados, inscritos en el correspondiente Registro.
  • En el caso de tener concedido un aplazamiento-fraccionamiento de deudas con TGSS, AEAT o Tesorería Municipal
    • Resolución de concesión del aplazamiento-fraccionamiento con TGSS, AEAT o con la Tesorería Municipal junto al último certificado de carecer de deudas posterior a la concesión del aplazamiento.

Forma de presentación

  • On-line
    Proceso online telemático

Las solicitudes se presentarán Telemáticamente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Almussafes en impreso normalizado, disponible en la página Web del Ayuntamiento de Almussafes www.almussafes.es

Normativa

  • BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS DESTINADAS A LA DIGITALIZACIÓN DE LOS COMERCIOS LOCALES Y DE LAS PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS QUE OFREZCAN SERVICIOS PROFESIONALES. “PROGRAMA DE REACTIVACIÓN DE LA ECONOMÍA LOCAL” PARA HACER FRENTE A LOS EFECTOS ORIGINADOS POR EL CORONAVIRUS COVID-19
  • Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
  • Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la ley 38/2003

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
AJUNTAMENT D'ALMUSSAFES - P4603500B
Passeig del Parc, sn – 46440 Almussafes (Valencia)
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